HOTEL VIVRE
Hotel Vivre, ubicados a solo una cuadra del corredor turístico de la 70; muy cerca de las mejores opciones de compras, gastronomía y sitios de interés; a 7 minutos de la Unidad Deportiva Atanasio Girardot y tan solo 8 minutos del centro de convenciones Plaza Mayor.
Habitación Estándar
Habitación Ejecutiva
Habitación Superior
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Salón Nature
Salon Nature ubicado en el piso 10, cuenta con una espectacular vista de nuestra ciudad, luz natural . cuenta con capacidad hasta para 30 personas, dotado con ayudas audiovisuales requeridos para el desarrollo de sus actividades
Gran vista
Hasta 30 personas
Video beam
Tarifa neta sin IVA
Tener en cuenta que se aplica un 19% de IVA adicional a la tarifa para los ciudadanos de Colombia a partir del 01 de enero de 2023. Se paga al Check in en Recepción *Este impuesto no está incluido en el precio final. Los huéspedes extranjeros nacidos en el extranjero están exentos del pago del 19% en concepto de IVA en el Alojamiento. Solo están exentos de abonar el IVA los huéspedes Titulares de la Reserva que presenten su pasaporte Original con sello de Migración Colombia de entrada al país en Colombia en un término menor a 90 días y que dispongan de visado turístico Permiso- “PT”.- DECRETO 297 DE 2016: parágrafo 1: El extranjero residente en el exterior deberá acreditar su condición mediante la presentación del pasaporte original; la tarjeta Andina o la tarjeta de Mercosur comprobando su estatus migratorio con el sello vigente de Permiso de Ingreso y Permanencia “PT”.
Tener en cuenta que se aplica un 19% de IVA adicional a la tarifa para los ciudadanos de Colombia a partir del 01 de enero de 2023. Se paga al Check in en Recepción *Este impuesto no está incluido en el precio final. Los huéspedes extranjeros nacidos en el extranjero están exentos del pago del 19% en concepto de IVA en el Alojamiento. Solo están exentos de abonar el IVA los huéspedes Titulares de la Reserva que presenten su pasaporte Original con sello de Migración Colombia de entrada al país en Colombia en un término menor a 90 días y que dispongan de visado turístico Permiso- “PT”.- DECRETO 297 DE 2016: parágrafo 1: El extranjero residente en el exterior deberá acreditar su condición mediante la presentación del pasaporte original; la tarjeta Andina o la tarjeta de Mercosur comprobando su estatus migratorio con el sello vigente de Permiso de Ingreso y Permanencia “PT”.